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A partir del 5 de octubre de 2026, las personas de 60 a menos de 75 años que pertenezcan a hogares pobres, que no tengan personas con obligaciones y derechos de manutención o que tengan personas con obligaciones y derechos de manutención pero que estén recibiendo subsidios sociales mensuales, recibirán un subsidio social de 810.000 VND/mes. Foto: Đức Anh
A partir del 5 de octubre de 2026, las personas de 60 a menos de 75 años que pertenezcan a hogares pobres, que no tengan personas con obligaciones y derechos de manutención o que tengan personas con obligaciones y derechos de manutención pero que estén recibiendo subsidios sociales mensuales, recibirán un subsidio social de 810.000 VND/mes. Foto: Đức Anh

Los sujetos que reciben subsidios sociales mensuales de 810.000 VND a partir del 5 de octubre de 2026

Nam Dương (báo lao động) 24/10/2026 10:28 (GMT+7)

El lector quoctoanxxx@gmail pregunta: ¿Qué sujetos tienen derecho a un subsidio social mensual de 810.000 VND según las nuevas regulaciones?

El Departamento de Asesoramiento Jurídico del periódico Lao Dong responde:

De acuerdo con las regulaciones del Artículo 5, Artículo 6 del Decreto 335/2026/ND-CP que regula la política de asistencia social (vigente a partir del 5 de octubre de 2026), los siguientes sujetos recibirán un coeficiente de 1,5 del nivel estándar de asistencia social:

1. Niños de 4 años o menos a menores de 16 años pertenecientes a los siguientes grupos:

a) Ser abandonado y no tener a nadie que lo adopte;

b) Niños cuyos padres biológicos hayan muerto o uno de los dos haya muerto y el otro no pueda ser identificado;

c) Niños cuyo padre o madre hayan fallecido o no puedan ser identificados y el otro sea declarado desaparecido de acuerdo con las disposiciones de la ley;

d) Niños cuyo padre o madre hayan fallecido o no puedan ser identificados y el otro esté recibiendo atención y crianza en un centro de asistencia social;

e) Niños cuyo padre o madre hayan fallecido o no estén identificados y el otro esté cumpliendo una pena de prisión en prisión o esté cumpliendo una decisión de sanción administrativa en una escuela correccional, un centro educativo obligatorio, un centro de rehabilitación obligatorio;

e) Tanto el padre como la madre declarados desaparecidos de acuerdo con las disposiciones de la ley;

g) Tanto el padre como la madre están disfrutando del régimen de cuidado y crianza en un centro de asistencia social;

h) Tanto el padre como la madre están cumpliendo penas de prisión en prisión o están cumpliendo decisiones de manejo de infracciones administrativas en escuelas correccionales, instituciones educativas obligatorias, centros de rehabilitación obligatorios;

i) Padre o madre declarados desaparecidos de acuerdo con las disposiciones de la ley y el otro que esté recibiendo atención y crianza en un centro de asistencia social;

k) Padre o madre declarado desaparecido de acuerdo con las disposiciones de la ley y la persona restante está cumpliendo una pena de prisión en prisión o está cumpliendo una decisión de manejo de infracciones administrativas en una escuela correccional, un centro educativo obligatorio, un centro de rehabilitación obligatorio;

l) Padre o madre que está recibiendo atención y crianza en un centro de asistencia social y el otro que está cumpliendo una pena de prisión en prisión o que está cumpliendo una decisión de manejo de infracciones administrativas en una escuela correccional, un centro educativo obligatorio, un centro de rehabilitación obligatorio.

2. Las personas que se encuentren en la categoría anterior que estén recibiendo prestaciones sociales mensuales y tengan 16 años pero estén estudiando educación general, educación continua, educación vocacional, educación superior con la primera titulación, si el proceso de aprendizaje continuo no se interrumpe (excepto en los casos en que se les permita suspender temporalmente el estudio, preservar los resultados del estudio de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre educación), seguirán disfrutando de la política de asistencia social hasta el final del estudio.

3. Personas mayores de 60 a menos de 75 años pertenecientes a hogares pobres, que no tienen personas con obligaciones y derechos para mantener o que tienen personas con obligaciones y derechos para mantener, pero esta persona está recibiendo subsidios sociales mensuales.

4. Personas con discapacidad grave

5. Niños menores de 03 años que pertenecen a hogares pobres, hogares casi pobres que no están sujetos a las regulaciones en los párrafos 1, 3 y 6 del Artículo 5 del Decreto 335/2026/ND-CP que viven en comunas y aldeas en áreas de minorías étnicas y montañas especialmente difíciles.

6. Personas infectadas con VIH/SIDA que pertenecen a hogares pobres sin salario, salario, pensión, subsidio de seguro social mensual.

El apartado 2 del artículo 4 del Decreto 335/2026/ND-CP establece: El nivel estándar de asistencia social es de 540.000 VND/mes.

Por lo tanto, a partir del 5 de octubre de 2026, los sujetos anteriores recibirán un subsidio social mensual de 810.000 VND (540.000 VND x 1,5).

Asesoramiento jurídico

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