El Ministerio del Interior responde sobre la clasificación del coeficiente salarial de 2,34 al contratar funcionarios públicos
El Ministerio del Interior guía el cálculo del tiempo de trabajo con cotización obligatoria al seguro social antes de la contratación para servir como base para la clasificación de rangos y niveles salariales de los funcionarios públicos.
La Sra. Duong Thi Cam (nombre del personaje cambiado) dijo que se graduó de la Universidad de Finanzas y Banca, aprobó el examen de funcionario de Finanzas y Contabilidad en 2023 y fue clasificada como especialista de nivel 1, coeficiente 2,34.
Antes de ser seleccionada como funcionaria pública, trabajó durante 4 años en un fondo de crédito y participó en el seguro social obligatorio.
Me gustaría preguntar, según la Circular No. 01/2026/TT-BNV, ¿se revisará mi caso para ajustar la clasificación salarial? Si es así, ¿cómo se implementa la clasificación salarial?", preguntó la Sra. Cẩm.
En relación con la reflexión de la propuesta de la Sra. Cẩm, el Ministerio del Interior ha respondido en el Portal de Información Electrónica.
De acuerdo con las regulaciones del Artículo 19 del Decreto No. 138/2020/ND-CP de fecha 27 de noviembre de 2020 del Gobierno que regula el reclutamiento, uso y gestión de funcionarios públicos, en el caso de que la persona que es reclutada o aceptada para trabajar como funcionario público esté dispuesta a trabajar en la especialidad, profesión de formación correcta o en la especialización, profesión que ha ocupado anteriormente, el tiempo de trabajo con cotización obligatoria al seguro social antes de la fecha de reclutamiento, recepción para trabajar como funcionario público se calcula para servir como base para clasificar rangos y niveles salariales.
En el caso de que el tiempo de trabajo con cotización obligatoria al seguro social no sea continuo y no haya recibido una prestación única de seguro social, se acumulará. Este tiempo de trabajo debe estar a un nivel de formación correspondiente al nivel de formación requerido por el puesto de trabajo que se contrata y recibe.
La clasificación salarial se lleva a cabo de acuerdo con la Circular No. 79/2005/TT-BNV de fecha 10 de agosto de 2005 del Ministro del Interior.
Basándose en las regulaciones anteriores y las tareas y poderes de las agencias y unidades estipuladas en el Artículo 67, Artículo 68 del Decreto No. 170/2025/ND-CP de fecha 30 de junio de 2025 del Gobierno (modificado y complementado por el Decreto No. 300/2026/ND-CP de fecha 29 de julio de 2026 del Gobierno), el Ministerio del Interior solicita a la Sra. que se ponga en contacto e intercambie opiniones con las autoridades competentes para ser considerada, guiada y resuelta.
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