A partir del 1 de marzo de 2026, se suspende temporalmente el pago del seguro social para las empresas que se recuperan
A partir del 1 de marzo de 2026, las empresas que están aplicando los procedimientos de recuperación pueden suspender temporalmente el pago del seguro social de acuerdo con las nuevas regulaciones.
La Asamblea Nacional aprobó la Ley de Recuperación y Quiebra de 2025, que añade regulaciones que permiten a las empresas que están aplicando procedimientos de recuperación suspender temporalmente el pago del seguro social (BHXH). Esta regulación entrará en vigor oficialmente a partir del 1 de marzo de 2026.
Según la Ley de Recuperación y Quiebra de 2025, el Artículo 86 ha modificado y complementado algunos artículos y cláusulas de las leyes y resoluciones relacionadas. La Cláusula 2 del Artículo 86 modifica y complementa el punto a de la Cláusula 1 de la Ley de Seguro Social de 2024.
En consecuencia, en el caso de que el empleador encuentre dificultades y deba suspender temporalmente la producción y los negocios, lo que lleve a que el empleado y el empleador no puedan pagar el seguro social, o el empleador se aplique el procedimiento de recuperación de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre recuperación y quiebra, entonces se suspende temporalmente la contribución al fondo de pensiones y de fallecimiento. El período máximo de suspensión temporal de la contribución no supera los 12 meses.
Por lo tanto, en comparación con las regulaciones actuales, la Ley de Recuperación y Quiebra de 2025 ha añadido casos adicionales en los que las empresas que están en proceso de llevar a cabo los procedimientos de recuperación también pueden suspender temporalmente el pago del seguro social en el fondo de pensiones y defunciones. Esto se considera una de las soluciones para reducir la presión financiera, creando condiciones para que las empresas superen gradualmente las dificultades y estabilicen la producción y los negocios.
Sin embargo, la suspensión temporal de las cotizaciones al seguro social es solo temporal. Después de que finaliza el período de suspensión temporal o cuando la empresa recupera su capacidad financiera, el empleador sigue siendo responsable de seguir cumpliendo plenamente con las obligaciones de cotización al seguro social de acuerdo con las disposiciones de la ley, garantizando así los derechos a largo plazo de los trabajadores.
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