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Regulaciones sobre el almacenamiento de registros electrónicos de funcionarios, empleados públicos y empleados basados en el Artículo 21 del Decreto 27. Foto: Hai Nguyen
Regulaciones sobre el almacenamiento de registros electrónicos de funcionarios, empleados públicos y empleados basados en el Artículo 21 del Decreto 27. Foto: Hai Nguyen

Expediente electrónico de funcionarios, empleados públicos y regulaciones de almacenamiento

Quỳnh Chi (báo lao động) 31/01/2026 19:21 (GMT+7)

Regulaciones sobre el almacenamiento de registros electrónicos de funcionarios, empleados públicos y empleados basados en el Decreto 27/2026/ND-CP.

El Gobierno acaba de emitir el Decreto No. 27/2026/ND-CP que regula la base de datos nacional sobre funcionarios, empleados públicos y empleados.

Entre ellos, las regulaciones sobre el almacenamiento de registros electrónicos de funcionarios, empleados públicos y empleados se basan en el Artículo 21.

Artículo 21. Archivo electrónico de funcionarios, empleados públicos y empleados públicos

Los expedientes electrónicos de funcionarios, empleados públicos y empleados públicos se gestionan y almacenan de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre gestión de expedientes de funcionarios, empleados públicos y empleados públicos y la ley sobre archivo.

Además, el Artículo 22 del Decreto 27 también regula la gestión y el uso de datos y expedientes electrónicos de funcionarios, empleados públicos y empleados.

Artículo 22. Gestión y uso de datos y expedientes electrónicos de funcionarios, empleados públicos y empleados pertenecientes a la lista de secretos de Estado.

1. Para los datos y expedientes electrónicos de funcionarios, empleados públicos y funcionarios pertenecientes a la lista de secretos de Estado, la agencia gestora de la Base de Datos Nacional sobre funcionarios, empleados públicos y funcionarios; la agencia gestora del sistema de información de gestión de funcionarios, empleados públicos y funcionarios es responsable de implementar soluciones y medidas para garantizar la confidencialidad al gestionar, almacenar, transmitir y utilizar en el entorno electrónico de acuerdo con las disposiciones de la ley.

2. La copia de seguridad, la extracción, la gestión y el uso de datos y expedientes electrónicos pertenecientes a la lista de secretos de Estado se llevan a cabo de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre protección de secretos de Estado, la ley sobre criptografía.

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