Código de conducta de los profesores con los padres de los alumnos a partir del 30 de enero de 2026
El Código de Conducta de los profesores con los padres de los alumnos se basa en la Circular 03/2026/TT-BGDĐT de 30 de enero de 2026.
El Ministro de Educación y Formación emitió la Circular 03/2026/TT-BGDĐT de fecha 30 de enero de 2026 que regula el código de conducta de los docentes.
El artículo 8 de la Circular que guía el comportamiento de los docentes hacia los padres o tutores de los alumnos es el siguiente:
1. Estar dispuesto a cooperar, apoyar y compartir con los padres o tutores de los alumnos sobre las actividades de enseñanza y educación para el progreso de los alumnos.
2. Proporcionar e intercambiar de manera proactiva y oportuna información veraz sobre los estudiantes; programas y planes de enseñanza y educación cuando se obtenga el consentimiento del nivel de gestión competente.
3. Animar y crear condiciones para que los padres o tutores de los alumnos participen en actividades educativas por el progreso de los alumnos.
4. No ofender, imponer, lucrar, obligar a los padres o tutores de los alumnos a participar en actividades contrarias a las regulaciones del Estado y actividades de carácter voluntario.
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