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El periodo de pago del seguro social de los trabajadores segun lo dispuesto en el parrafo 1 del articulo 26 del Decreto 158/2025/ND-CP se confirma para servir de base para resolver y ajustar el regimen de pensiones y jubilacion es el periodo de pago del seguro social incluido el periodo de pago atrasado y fugado del seguro social obligatorio antes del 1 de julio de 2024 para los empleadores que pertenezcan a los casos segun lo dispuesto en el parrafo 2 del articulo 26 del Decreto 158/2025/ND-CP.
El periodo de pago del seguro social de los trabajadores segun lo dispuesto en el parrafo 1 del articulo 26 del Decreto 158/2025/ND-CP se confirma para servir de base para resolver y ajustar el regimen de pensiones y jubilacion es el periodo de pago del seguro social incluido el periodo de pago atrasado y fugado del seguro social obligatorio antes del 1 de julio de 2024 para los empleadores que pertenezcan a los casos segun lo dispuesto en el parrafo 2 del articulo 26 del Decreto 158/2025/ND-CP.

Determinacion del tiempo de retraso en el pago del seguro social al resolver el regimen de pensiones

Nam Dương (báo lao động) 23/12/2025 08:51 (GMT+7)

Un lector con correo electronico hoangtuyetxxx@gmail.com pregunta: ¿Como se determina el tiempo de retraso en el pago del seguro social al resolver el regimen de pensiones?

La abogada Ho Thu Trang de YouMe Law Co. Ltd. respondio:

El articulo 27 del Decreto No. 158/2025/ND-CP regula la confirmacion del tiempo de pago del seguro social por parte de los trabajadores para servir de base para resolver y ajustar el regimen de pension jubilacion y muerte de acuerdo con lo siguiente:

1. El periodo de pago del seguro social de los trabajadores de acuerdo con lo dispuesto en el parrafo 1 del articulo 26 de este Decreto se confirma para servir de base para resolver y ajustar el regimen de pensiones y jubilacion que es el periodo de pago del seguro social incluido el periodo de pago atrasado y fugado del seguro social obligatorio antes del 1 de julio de 2024 para los empleadores que pertenezcan a los casos segun lo dispuesto en el parrafo 2 del articulo 26 de este Decreto.

2. El tiempo de retraso en el pago de la seguridad social obligatorio antes del 1 de julio de 2024 por parte de los trabajadores segun lo dispuesto en el apartado 1 de este articulo no incluye el tiempo en que los trabajadores renuncian al trabajo y no reciben salario de 14 dias de trabajo o mas en un mes a menos que el tiempo de descanso para disfrutar del regimen de maternidad se calcule como el tiempo de pago de la seguridad social de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre seguridad social.

El articulo 26 del Decreto No. 158/2025/ND-CP regula el alcance de la aplicacion de la siguiente manera:

1. Los trabajadores en el caso de que el empleador ya no pueda pagar el seguro social a los trabajadores antes del 1 de julio de 2024.

2. Los empleadores que ya no pueden pagar el seguro social a los trabajadores estipulados en el apartado 1 de este articulo pertenecen a uno de los siguientes casos:

a) El empleador ha tenido una decision judicial de declarar la quiebra de acuerdo con las disposiciones de la ley sobre quiebras;

b) Los empleadores estan realizando tramites de quiebra;

c) Los empleadores estan realizando los tramites de disolucion;

d) El empleador ha sido identificado por la agencia de gestion tributaria como ya no operando negocios en la direccion registrada;

d) Perdiendo el Certificado de Registro de Empresa;

e) Los empleadores que no tienen un representante legal autorizado para ejercer los derechos y obligaciones del representante legal autorizado.

Por lo tanto el periodo de retraso en el pago de la seguridad social obligatorio antes del 1 de julio de 2024 de los trabajadores aun puede determinarse como el periodo de pago de la seguridad social para calcular el regimen de pensiones de acuerdo con las regulaciones anteriores.

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La columna se realizo con el apoyo de YouMe Law Company Limited.

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