Casos que aún no se han considerado para el tratamiento disciplinario de funcionarios públicos a partir de julio de 2026
El lector nguyenkhaxxx@gmail pregunta: ¿Qué casos no se han considerado para el tratamiento disciplinario de los funcionarios públicos de acuerdo con las nuevas regulaciones?
El Departamento de Asesoramiento Jurídico del periódico Lao Dong responde:
El artículo 3 del Decreto 234/2026/ND-CP que regula el tratamiento disciplinario de los funcionarios públicos (vigente a partir del 1 de julio de 2026) estipula los casos que no han sido considerados para el tratamiento disciplinario de la siguiente manera:
1. Funcionarios públicos que están en tratamiento por enfermedades graves o que están perdiendo la capacidad de percibir; que están gravemente enfermos y están recibiendo tratamiento hospitalario en un hospital con la confirmación de una agencia médica competente.
2. Funcionarios públicos que son mujeres que están embarazadas, en licencia de maternidad, que están criando a niños menores de 12 meses o funcionarios públicos que son hombres (en caso de que la esposa muera o la esposa no pueda criar a los hijos debido a un evento de fuerza mayor o obstáculos objetivos según lo dispuesto en el Código Civil y la ley sobre el estado de emergencia) que están criando a niños menores de 12 meses, excepto en los casos en que la persona que comete la infracción tenga una solicitud escrita de consideración para el tratamiento disciplinario.
3. Funcionarios públicos que están siendo procesados, detenidos o detenidos temporalmente a la espera de la conclusión de la agencia competente para investigar, procesar y juzgar por actos ilegales, excepto en los casos según la decisión de la autoridad competente.
4. Los casos que no han sido considerados para el tratamiento disciplinario estipulados en la Resolución de la Asamblea Nacional sobre mecanismos y políticas especiales para manejar las violaciones de la ley de tierras de organizaciones e individuos que ocurrieron antes de que la Ley de Tierras de 2024 entrara en vigor y eliminara las dificultades y obstáculos para los proyectos pendientes y prolongados. 5. Otros casos que no han sido considerados para el tratamiento disciplinario de acuerdo con las disposiciones de la ley. Por lo tanto, a partir del 1 de julio de 2026, los funcionarios pertenecientes a los casos anteriores no serán considerados para el tratamiento disciplinario.
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