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Del 1 de julio de 2026 al 31 de diciembre de 2026, las mujeres embarazadas y los recién nacidos de hogares pobres, hogares casi pobres, protección social; las personas en aldeas especialmente desfavorecidas tienen prioridad para someterse a exámenes de detección de enfermedades congénitas prenatales y neonatales. Foto: Hai Nguyen
Del 1 de julio de 2026 al 31 de diciembre de 2026, las mujeres embarazadas y los recién nacidos de hogares pobres, hogares casi pobres, protección social; las personas en aldeas especialmente desfavorecidas tienen prioridad para someterse a exámenes de detección de enfermedades congénitas prenatales y neonatales. Foto: Hai Nguyen

¿Quién tiene prioridad para el examen de detección de enfermedades congénitas prenatales y neonatales?

Nam Dương (báo lao động) 22/05/2026 15:29 (GMT+7)

El lector thanhloanxxx@gmail pregunta: ¿Qué mujeres tienen prioridad para la detección de enfermedades congénitas prenatales y neonatales a partir de julio de 2026?

La Oficina de Asesoramiento Jurídico del periódico Lao Dong responde:

El párrafo 2, Artículo 10 del Decreto 168/2026/ND-CP que detalla algunos artículos y medidas para organizar y guiar la implementación de la Ley de Población (vigente a partir del 1 de julio de 2026), estipula la hoja de ruta prioritaria para el cribado de algunas enfermedades congénitas prenatales y neonatales de la siguiente manera:

a) Del 1 de julio de 2026 al 31 de diciembre de 2026: Las mujeres embarazadas y los recién nacidos pertenecientes a hogares pobres, hogares casi pobres, asistencia social; las personas en aldeas especialmente difíciles; comunas pertenecientes a minorías étnicas y zonas montañosas, fronterizas e insulares pueden utilizar gratuitamente paquetes de servicios de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 9 de este Decreto y el nivel de apoyo estipulado en el punto a del apartado 1 de este Artículo del presupuesto estatal;

b) A partir del 1 de julio de 2027: Todas las mujeres embarazadas y los recién nacidos reciben apoyo para el paquete de servicios estipulado en el Artículo 9 de este Decreto y el nivel de apoyo estipulado en el punto a, párrafo 1 de este Artículo de la fuente de financiación estipulada en el punto b, párrafo 2, Artículo 12 de este Decreto.

El artículo 9 del Decreto 168/2026/ND-CP regula el alcance y los sujetos de la detección de algunas enfermedades congénitas prenatales y neonatales de la siguiente manera:

1. Las mujeres embarazadas se someten a exámenes y se les realizan los siguientes métodos de cribado prenatal para 04 enfermedades básicas: síndrome de Down, síndrome de Edwards, síndrome de Patau, talasemia (anemia congénita) (en adelante denominado paquete de servicios de cribado prenatal).

2. Los recién nacidos son examinados y se les realizan métodos de detección neonatal para 05 enfermedades básicas: hipotiroidismo congénito, deficiencia de G6PD, hiperplasia suprarrenal congénita, discapacidad auditiva congénita, anomalías cardíacas congénitas graves (en adelante denominados paquetes de servicios de detección neonatal).

Por lo tanto, a partir del 1 de julio de 2026, las mujeres anteriores tendrán prioridad para el examen de detección de enfermedades congénitas prenatales y neonatales.

Asesoramiento jurídico

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