Criterios para determinar los puestos fronterizos pertenecientes a zonas remotas y aisladas
El principio para determinar que los puestos fronterizos pertenecientes a áreas remotas y aisladas deben ser consistentes con los requisitos del programa de reforma judicial y cumplir con los criterios del Decreto.
El Ministerio de Defensa acaba de emitir el Documento de Consolidación No. 23/VBHN-BQP Decreto que regula los puestos fronterizos en áreas remotas y aisladas.
Este Decreto regula los principios y criterios para determinar los puestos fronterizos pertenecientes a zonas remotas y aisladas.
Los sujetos de aplicación incluyen la Guardia Fronteriza en todos los niveles; Agencias, organizaciones e individuos relacionados con las actividades de investigación de casos penales bajo la autoridad del Jefe de la Estación de la Guardia Fronteriza en áreas remotas y aisladas.
Según la interpretación del término en el Artículo 3 de este Decreto, "región remota y aislada" es una zona densamente poblada, ubicada en lo profundo de las montañas y bosques o zonas inundadas, lejos de los centros económicos, culturales y de transporte inconvenientes, con viajes difíciles y una economía a menudo atrasada y subdesarrollada.
La Estación de la Guardia Fronteriza es una unidad de base de la Guardia Fronteriza dependiente del Comando de la Guardia Fronteriza con la tarea de gestionar y proteger la soberanía territorial, las fronteras nacionales, mantener la seguridad, el orden y la seguridad social en las zonas fronterizas, las zonas marítimas e insulares de acuerdo con las disposiciones de la ley.
Esta cláusula se modifica y complementa de acuerdo con las disposiciones del apartado 1 del artículo 5 del Decreto No. 299/2025/ND-CP que modifica y complementa algunos artículos de los Decretos del Gobierno sobre la guardia fronteriza y las fronteras nacionales, vigente a partir del 17 de noviembre de 2025.
El principio de determinación de los puestos fronterizos pertenecientes a zonas remotas y aisladas debe ser coherente con los requisitos del programa de reforma judicial y cumplir con los criterios para determinar los puestos fronterizos pertenecientes a zonas remotas y aisladas estipulados en este Decreto.
Los criterios para determinar los puestos fronterizos pertenecientes a zonas remotas y aisladas se establecen en el Artículo 5 del Decreto.
Entre ellos, los puestos fronterizos pertenecientes a zonas remotas y aisladas son puestos fronterizos que cumplen uno de los siguientes criterios:
- Establecer y gestionar comunas montañosas y zonas especiales con terrenos naturales complejos, peligrosos, divididos y transporte difícil.
Esta cláusula se modifica y complementa de acuerdo con las disposiciones del apartado 2 del artículo 5 del Decreto No. 299/2025/ND-CP que modifica y complementa algunos artículos de los Decretos del Gobierno sobre la guardia fronteriza y las fronteras nacionales, vigente a partir del 17 de noviembre de 2025.
- Estar estacionado y administrar comunas montañosas e insulares con subsidios regionales de 0,2 o más y subsidios especiales del 30% o más de acuerdo con las regulaciones de las agencias estatales competentes.
- Estar estacionado y administrar comunas y barrios en áreas clave para la seguridad política, el orden y la seguridad social.
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