La información de ingresos y gastos financieros de las escuelas debe hacerse pública a la gente
El contenido anterior está regulado en la Ley de Acceso a la Información (modificada) que acaba de ser aprobada por la Asamblea Nacional esta tarde, 23 de abril.
En la tarde del 23 de abril, con 492/493 delegados presentes participando en la votación a favor (que representa el 98,4%), la Asamblea Nacional aprobó oficialmente la Ley de Acceso a la Información (modificada).
La Ley de Acceso a la Información (modificada) consta de 4 capítulos, 31 artículos que heredan algunas regulaciones que aún son apropiadas de la Ley de Acceso a la Información de 2016; al mismo tiempo, enmendar, complementar y perfeccionar muchas regulaciones relacionadas con el alcance de la información a la que se accede; alcance y responsabilidad de proporcionar información; forma de divulgación de información, proporcionar información a petición; orden y procedimientos para proporcionar información...
La ley entra en vigor a partir del 1 de septiembre de 2026.
Antes de la votación electrónica, el Ministro de Justicia, Hoang Thanh Tung, presentó un informe de recepción, explicación y revisión del proyecto de Ley de Acceso a la Información (modificada) presentado a la Asamblea Nacional para su consideración y aprobación.

Sobre los principios para garantizar el derecho a acceder a la información (Artículo 3), tomando en cuenta las opiniones de los diputados de la Asamblea Nacional, el proyecto de Ley ha añadido regulaciones para garantizar mejor el derecho a acceder a la información de los ciudadanos en el entorno digital, en línea con la tendencia del desarrollo de la ciencia, la tecnología y la transformación digital. Las formas de divulgación y suministro de información se han ampliado y diversificado, fomentando la aplicación de métodos electrónicos.

Al mismo tiempo, el Artículo 24 se modificó en la dirección de que las agencias y unidades son responsables de proporcionar información de acuerdo con la forma solicitada por el solicitante, de acuerdo con la naturaleza de la información y la capacidad de respuesta de la agencia y la unidad. El Gobierno continuará regulando en detalle en documentos reglamentarios sobre medidas de apoyo apropiadas para grupos vulnerables (ancianas, niños, personas pobres, personas en circunstancias difíciles... ) para garantizar la inclusión y la equidad en el acceso a la información.
El proyecto de Ley estipula que la información debe hacerse pública para garantizar la sincronización con las leyes especializadas en campos como la salud, la educación, la cultura, la seguridad alimentaria, el medio ambiente, las finanzas, la tierra, la construcción, las licitaciones, el trabajo...
Para el campo de la educación, el proyecto de Ley propone agregar (actualmente no está estipulado en la ley) información que debe hacerse pública a la gente, incluyendo:
Información general sobre instituciones educativas;
Ingresos y gastos financieros de las instituciones educativas;
Condiciones para garantizar la calidad, los planes y los resultados de las actividades para la educación preescolar, la educación general y la educación continua;
Para la información que no está enumerada pero que la legislación especializada estipula que debe ser pública, el proyecto de ley determina continuar implementando de acuerdo con las regulaciones de la legislación especializada. Este enfoque asegura la integridad, evita las duplicaciones y mantiene la flexibilidad del sistema legal.
Con respecto a la exención y reducción de los costos de acceso a la información (Artículo 25), tomando en cuenta las opiniones de los diputados de la Asamblea Nacional, el proyecto de Ley estipula en la dirección de encargar al Ministro de Finanzas que regule específicamente el nivel de costos reales para la impresión, copia, fotografía y envío de información. Los casos de exención y reducción de costos se especificarán en los documentos reglamentarios.
Esta regulación tiene como objetivo garantizar la transparencia y la uniformidad en la aplicación; al mismo tiempo, crear una base flexible para ajustarse a las condiciones socioeconómicas en cada período, asegurando que el derecho de acceso a la información de los ciudadanos no se vea limitado por factores de costo.
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