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La organizacion emisora o el bono registrado para la oferta deben ser calificados de confianza por una organizacion independiente de calificacion crediticia. Foto: hatinh.gov.vn
La organizacion emisora o el bono registrado para la oferta deben ser calificados de confianza por una organizacion independiente de calificacion crediticia. Foto: hatinh.gov.vn

Reforzar las condiciones para la oferta publica de bonos

PHẠM ĐÔNG (báo lao động) 13/09/2025 09:42 (GMT+7)

El Decreto No. 245/2025/ND-CP regula mas estrictamente las condiciones para la oferta publica de bonos y complementa los criterios de seguridad financiera.

El Gobierno acaba de promulgar el Decreto No. 245/2025/ND-CP de fecha 11 de septiembre de 2025 que modifica y complementa algunos articulos del Decreto No. 155/2020/ND-CP que regula detalladamente la aplicacion de algunos articulos de la Ley de Valores.

Uno de los puntos notables del Decreto No. 245/2025/ND-CP es endurecer aun mas las condiciones de la oferta publica de bonos y complementar los criterios de seguridad financiera.

Segun las regulaciones actuales en el Articulo 19 del Decreto No. 155/2020/ND-CP para ofrecer bonos al publico las organizaciones emisoras o bonos registrados para la oferta solo estan obligadas a tener una calificacion crediticia si el valor total de los bonos movilizados en cada 12 meses es superior a 500 mil millones de VND y superior al 50% del capital social; o el saldo total de la deuda de los bonos es superior al 100% del capital social.

Ademas de las regulaciones anteriores no existe ninguna restriccion sobre el hecho de que las empresas deben cumplir con la tasa de deuda sobre el capital propio para poder emitir bonos al publico.

Esto lleva a que muchas empresas emitan bonos pero no garantizan la capacidad de pago causando daños a los inversores.

Por lo tanto el Decreto No. 245/2025/ND-CP ha modificado el apartado 2 del articulo 19 del Decreto No. 155/2020/ND-CP de la siguiente manera: Las organizaciones emisoras o emisores de bonos registrados para la oferta deben ser calificadas por una organizacion de calificacion crediticia independiente excepto en el caso de bonos emitidos por instituciones de credito o bonos otorgados por instituciones de credito bancos extranjeros filiales de bancos extranjeros instituciones financieras en el extranjero instituciones financieras internacionales garantizando el pago de todo el capital y los intereses de los bo

La organizacion de calificacion crediticia no es la persona relacionada de la organizacion emisora.

Ademas el Decreto No. 245/2025/ND-CP tambien añade los apartados 3 4 5 6 y 7 despues del apartado 2 del articulo 19 sobre las condiciones para la oferta publica de bonos de la siguiente manera:

Hay representantes de los propietarios de bonos segun lo dispuesto en el Articulo 24 de este Decreto.

La organizacion emisora tiene deudas a pagar (incluido el valor de los bonos previstos para la emision) que no superen 5 veces el capital propio de la organizacion emisora segun los estados financieros del ultimo ejercicio fiscal auditado.

Entre ellos excepto las organizaciones emisoras que son empresas estatales las empresas emisoras de bonos para llevar a cabo proyectos inmobiliarios las instituciones de credito las empresas de seguros las empresas de reaseguros las empresas de corretaje de seguros las empresas de valores y las empresas de gestion de fondos de inversion bursatil.

La deuda a pagar segun las regulaciones no incluye el valor de los bonos previstos para la emision para reestructurar la deuda. En caso de emision de bonos al publico para reestructurar la deuda las empresas no pueden cambiar el proposito del uso del capital para reestructurar la deuda.

En el caso de que la empresa emita bonos al publico para muchas rondas de oferta publica el valor previsto de los bonos emitidos en cada ronda segun la denominacion no es mayor que el capital propio.

Los bonos emitidos por una institucion de credito una sucursal bancaria extranjera una institucion financiera en el extranjero una institucion financiera internacional garantizan el pago de todo el capital y los intereses de los bonos excluyendo las condiciones reguladas.

El Decreto No. 245/2025/ND-CP entra en vigor a partir del 11 de septiembre.

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