No se formaran nuevos fondos financieros estatales extranjeros presupuestarios
No formar nuevos fondos financieros estatales fuera del presupuesto excepto en casos urgentes y urgentes a peticion del Ministerio de Politica y el Comite Central del Partido.
Este es uno de los contenidos mencionados en la Resolucion No. 79-NQ/TW del Buro Politico sobre el desarrollo economico estatal.
En la Resolucion No. 79 el Buro Politico ha identificado grupos de tareas y soluciones especificas incluidas las tareas y soluciones para el presupuesto estatal las reservas nacionales y los fondos financieros estatales fuera del presupuesto estatal y el capital estatal en empresas propiedad del Estado con un 50% o menos del capital social.
Con respecto a los fondos financieros estatales no presupuestarios la Resolucion 79 establece claramente el requisito de continuar perfeccionando el marco institucional para mejorar la eficiencia y la eficacia de la gestion de los fondos financieros estatales no presupuestarios.
Revisar fusionar y disolver fondos no presupuestarios duplicados ineficientes e inadecuados para los requisitos de desarrollo; reducir los puntos focales para aumentar la escala y mejorar la eficiencia del uso del capital de los fondos; fortalecer la inspeccion y supervision de la situacion de la gestion y el uso de los fondos; promover la digitalizacion la divulgacion de informacion y los resultados operativos.
Fortalecer el mecanismo de fideicomiso para la gestion financiera de fondos para organizaciones bancarias y empresas financieras profesionales; las agencias estatales solo se centran en construir criterios y condiciones para movilizar y desembolsar capital de fondos. Fortalecer la movilizacion de recursos socializar y reducir la dependencia del presupuesto.
No formar nuevos fondos financieros estatales fuera del presupuesto excepto en casos urgentes y urgentes a peticion del Buro Politico y el Comite Ejecutivo Central del Partido.
Para el capital estatal en empresas propiedad del Estado con un 50% o menos del capital social la Resolucion 79 establece el requisito de transferir capital estatal invertido en empresas propiedad del Estado con un 50% o menos del capital social a empresas con funciones comerciales e inversiones de capital estatal y empresas estatales de la misma industria para gestionar invertir y desarrollar la responsabilidad de los propietarios de la parte de capital aportado por el Estado en las empresas (reestructuracion complementaria de capital o desinversion) garantizando la eficiencia de la fuente de capital de inversion del Estado.
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