El Departamento de Impuestos guia sobre exenciones y reducciones de tasas de uso de la tierra
El Departamento de Impuestos acaba de emitir un documento oficial que guia la exencion y reduccion de las tasas de uso de la tierra para hogares e individuos de acuerdo con las regulaciones.
El Departamento de Impuestos emitio el Documento Oficial 4000/CT-CS sobre el pago del uso de la tierra. En el el Departamento de Impuestos tiene las siguientes opiniones:
- En los apartados 1 4 y 8 del articulo 17 del Decreto 103/2024/ND-CP de 30 de julio de 2024 del Gobierno se estipula el principio de aplicacion de exenciones y reducciones de tasas de uso de la tierra para los sujetos exentos y reducidos de tasas de uso de la tierra.
- En el punto b del apartado 1 del articulo 18 del Decreto 103/2024/ND-CP de 30 de julio de 2024 del Gobierno se regula sobre la exencion del pago del alquiler de la tierra.
- En el apartado 1 del articulo 19 del Decreto 103/2024/ND-CP de 30 de julio de 2024 del Gobierno se regula sobre la reduccion de las tasas de uso de la tierra.
- En el apartado 2 del articulo 60 de la Circular 80/2021/TT-BTC de fecha 29 de septiembre de 2021 del Ministerio de Finanzas que guia la aplicacion de algunos articulos de la Ley de Administracion Tributaria y el Decreto 126/2020/ND-CP (modificado y complementado en el apartado 2 del articulo 7 de la Circular 43/2023/TT-BTC de fecha 27 de junio de 2023 del Ministerio de Finanzas) se regulan los procedimientos y expedientes para eximir y reducir las tasas de uso de la tierra.
Por lo tanto en el Decreto 103/2024/ND-CP de 30 de julio de 2024 del Gobierno se estipula:
(i) Restablecer el pago del uso de la tierra cuando la autoridad estatal competente asigno la tierra o permitio el cambio de proposito del uso de la tierra o reconocio los derechos de uso de la tierra (emision de Certificados) dentro del limite de la tierra residencial para hogares o individuos de minorias etnicas que viven en areas con condiciones socioeconomicas particularmente dificiles fronteras e islas;
(ii) Reduccion del 50% del precio del uso de la tierra cuando las autoridades estatales competentes autorizan el uso de la tierra para hogares y minorias etnicas en las areas restantes (no pertenecientes a areas con condiciones socioeconomicas especialmente dificiles fronterizas e insulares).
Los tramites y expedientes de exencion y reduccion de la tasa de uso de la tierra se llevan a cabo de acuerdo con las disposiciones legales sobre gestion tributaria.
Actualmente el Ministerio de Finanzas esta presentando al Gobierno un borrador del Decreto que modifica y complementa algunos articulos del Decreto 103/2024/ND-CP de 30 de julio de 2024 del Gobierno que regula el pago del uso de la tierra y el alquiler de la tierra y el Decreto 104/2024/ND-CP de 31 de julio de 2024 del Gobierno que regula el Fondo de Desarrollo de la Tierra (en el que hay regulaciones mas especificas sobre exenciones y reducciones del pago del uso de la tierra).
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