El Ministerio de Seguridad Pública propone no volver a recopilar los datos existentes
El Ministerio de Seguridad Pública propone establecer datos digitales por defecto, no recopilar datos existentes para mejorar la eficiencia de la explotación y la gestión en el proyecto de Decreto recién completado.
El Ministerio de Seguridad Pública está presidiendo la elaboración del proyecto de Decreto que regula el mecanismo innovador de desarrollo para las actividades creativas y de explotación de datos del Centro de Creatividad y Explotación de Datos (Centro) dependiente del Centro Nacional de Datos.
Con respecto a la recopilación y creación de datos, el proyecto de Decreto especifica el Artículo 11 de la Ley de Datos en la dirección de estandarizar los métodos de recopilación y creación de datos en el Centro.
El espíritu general es priorizar los datos electrónicos, dando por defecto los datos digitales; los datos que ya están en las bases de datos conectadas y compartidas no se recopilan nuevamente; los datos que sirven a la gestión estatal, los procedimientos administrativos y los servicios públicos deben ser digitalizados y creados de acuerdo con las regulaciones; los datos generados por el proceso de resolución de procedimientos administrativos y servicios públicos se integran y sincronizan para servir a la explotación a largo plazo.
Al mismo tiempo, complementar los requisitos de cumplimiento de la arquitectura de datos, el diccionario de datos compartidos, el mecanismo de inspección, rastreo y etiquetado de datos para servir a la explotación. A través de esto, garantizar la interconexión, la estandarización y la gestión de riesgos desde el principio.
Con respecto a la explotación de datos, el Artículo 6 especifica las regulaciones de la Ley de Datos sobre la conexión, el intercambio, la coordinación y la explotación de datos, pero va más allá en el diseño de un mecanismo operativo separado para el Centro.
Las actividades de minería en el Centro no son solo acceder a datos para su uso normal, sino también servir a la investigación, las pruebas controladas, el desarrollo de modelos, productos y servicios de datos.
Por lo tanto, el Proyecto complementa los mecanismos de apoyo a la explotación, tales como: Almacén de datos especializado, almacén de análisis; entorno de explotación compartido; modelo de conexión "ventanilla única"; priorizar el ancho de banda, la capacidad de procesamiento y los derechos de acceso para la tarea piloto; controlar estrictamente el acceso y la recuperación de acuerdo con los procedimientos técnicos correctos, el propósito correcto, garantizando la seguridad y la protección.
Con respecto al intercambio de datos, el Artículo 7 especifica el mecanismo de intercambio de datos de acuerdo con el Artículo 17 de la Ley de Datos, pero resolver el vacío actual es la falta de un mecanismo para clasificar los datos por el propósito del intercambio, la falta de condiciones de intercambio correspondientes y la falta de infraestructura técnica para servir al intercambio en el entorno del Centro.
El proyecto de Decreto estipula en la dirección de construir infraestructura y plataformas para compartir y coordinar datos, aumentando así la transparencia, la igualdad, reduciendo las operaciones manuales, aumentando la capacidad de monitoreo, rastreo y garantizando la seguridad en el proceso de intercambio.
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