El jefe de policía de la comuna recibe información en la Base de Datos Nacional de Población
El lector tranphanxxx@gmail pregunta: ¿Tiene el jefe de policía de la comuna la autoridad para extraer información de la Base de Datos Nacional de Población?
La Oficina de Asesoramiento Jurídico del periódico Lao Dong responde:
El párrafo 5, Artículo 5, Decreto 58/2026/ND-CP (vigente a partir del 15 de marzo de 2026) modifica y complementa los párrafos 4, 5, Artículo 9 del Decreto No. 70/2024/ND-CP que regula el orden y los procedimientos para emitir, renovar y reemitir tarjetas de identificación a través del Portal Nacional de Servicios Públicos o la Aplicación Nacional de Identificación (VNeID) de la siguiente manera:
4. El Jefe de Policía a nivel comunal tiene la autoridad para explotar la información en la Base de Datos Nacional de Población para proporcionarla a las agencias estatales, organizaciones políticas, organizaciones sociopolíticas a nivel comunal, otras organizaciones con sede central en el área de gestión y personas residentes en el área de gestión estipuladas en los párrafos 3 y 4 del Artículo 8 de este Decreto cuando haya una solicitud de explotación y provisión de información por escrito.
5. La persona autorizada estipulada en los apartados 1, 2, 4 de este artículo decide permitir la explotación y el suministro de información en la Base de Datos Nacional de Población a organizaciones e individuos estipulados en el apartado 8 del artículo 10 de la Ley de Identificación cuando la persona que es el sujeto de la información explotada esté de acuerdo.
Por lo tanto, a partir del 15 de marzo de 2026, el Jefe de Policía Comunal tiene la autoridad para explotar la información en la Base de Datos Nacional de Población para proporcionarla a agencias estatales, organizaciones políticas, organizaciones sociopolíticas a nivel comunal, otras organizaciones con sede central en el área de gestión y personas residentes en el área de gestión de acuerdo con las regulaciones anteriores.
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