Es hora de mantener titulos profesionales con maestros de contrato
El Ministerio de Educacion y Capacitacion ha respondido a la pregunta, si el tiempo del contrato se cuenta como el momento de tener el titulo profesional del maestro o no.
El titulo profesional de maestros es el nombre que muestra las calificaciones, la capacidad profesional de los maestros que son funcionarios de la institucion educativa. Recientemente, los temas relacionados con el tiempo, las condiciones para el nombramiento de titulos de carrera ... siempre estan interesados por muchos maestros.
En particular, hay una cuestion del Sr. D.T (Quang binh). El Sr. T se graduo de la Universidad de Pedagogia, que tenia 10 años de enseñanza directa, en los cuales, en agosto de 2012, mayo de 2015 era un maestro de contrato profesional, que tenia una prima de seguro social en una escuela secundaria. En agosto de 2015, tomo el examen y se clasifico como segundo maestro de secundaria, coeficiente salarial 2.34.
El Sr. T pregunto, ¿el momento en que era un maestro de contrato fue calculado para considerar el tiempo equivalente para mantener el titulo de segundo maestro de secundaria para Rank II?
En este sentido, el Ministerio de Educacion y Capacitacion respondio en el portal del gobierno de la siguiente manera:
El nombramiento del titulo profesional del maestro de secundaria (Codigo V.
En consecuencia, designando al titulo profesional de la clase secundaria de maestros Clase II (Codigo V.
Ademas, de acuerdo con las disposiciones de la Clausula 3, Articulo 13 de la Circular No. 13/2024/TT-BGDdT, el tiempo se determina equivalente al tiempo de tener el titulo de maestro profesional del maestro de secundaria (Codigo V.07.04.12) incluye:
"a) hora de celebrar un titulo de carrera de maestros de secundaria Clase III (Codigo V.07.04.32);
b) el tiempo para que los maestros tengan un titulo profesional de maestros de secundaria Clase III (Codigo V.07.04.12);
c) el tiempo para que los maestros tengan maestros de secundaria (Codigo 15A.202);
d) Otras veces estan determinadas por la autoridad competente para ser equivalente a los rangos y rangos especificados en los puntos A y B, punto C de esta clausula cuando el maestro se transfiere al titulo profesional de maestro de secundaria;
d) El tiempo de trabajo de conformidad con la ley, con un seguro social obligatorio para cumplir con las regulaciones del gobierno en el punto D, Clausula 1, Articulo 32 del Decreto No. 115/2020/ND-CP ha sido enmendado y suplementado en la Clausula 16, Articulo 1 del Decreto No. 85/2023/ND-CP ".
Al mismo tiempo, segun la Clausula 2, Articulo 10 de la Circular No. 03/2021/TT-BGDdT, que ha sido enmendada y complementada en la Clausula 10, Articulo 3 de la Circular No. 08/2023/TT-BGDdT, el momento en que el maestro tiene el titulo del maestro de escuela secundaria de la Escuela Secundaria (Codigo V.
El Ministerio de Educacion y Capacitacion solicita al Sr. T que se base en las disposiciones anteriores, proporcionando evidencias del tiempo de mantenimiento del tiempo (si es elegible segun lo prescrito), informe al director de la escuela para informar y proponer las autoridades competentes en la localidad para nombrar y transferir su titulo de carrera.
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