Limite de edad detallado para calcular politicas y asignaciones para oficiales militares
Articulo 5, Circular No. 19/2025/TT-BQP del Ministerio de Defensa Guia la implementacion de politicas y regimenes para sujetos bajo la gestion del Ministerio de Defensa.
Circular No. 19/2025/TT-BQP del Ministerio de Defensa que guia la implementacion de politicas y regimenes para sujetos bajo la gestion del Ministerio de Defensa en la organizacion de la estructura organizativa.
Segun el Articulo 5, como determinar el limite de tiempo y edad para calcular el regimen y las politicas se guian de la siguiente manera:
1. El numero de meses de jubilacion antes de la edad para calcular la asignacion de jubilacion de 1 tiempo para la licencia temprana es el mes del mes del derecho de pension mensual bajo la decision de la autoridad competente en comparacion con el limite de edad de instruccion en el punto A, punto B, clausula 5 de este articulo; No mas de 60 meses.
2. El numero de años de jubilacion antes de la edad para calcular la asignacion para el numero de años de descanso temprano es el numero de años a partir del mes de disfrutar de la pension mensual bajo la decision de la autoridad competente en comparacion con el limite de edad de la instruccion en el punto A y B, clausula 5 de este articulo; Si hay un numero impar de meses, se redondeara de acuerdo con el principio: de 1 mes a 6 meses es de 0.5 años; De mas de 6 meses a menos de 12 meses, es de 1 año.
3. Tiempo para calcular los beneficios de la asignacion uniforme y de indemnizacion en el punto A, Clausula 1, Articulo 10, Punto A, Clausula 1, Articulo 11 y Punto A, Clausula 1, Articulo 12 de esta Circular Cumple con la Clausula 2, Articulo 5 del Decreto No. 178/2024/ND-CP; No mas de 60 meses.
4. El tiempo para calcular la asignacion de acuerdo con el numero de años de trabajo con el pago obligatorio de guias de seguro social (seguro social) en el punto B, puntos C, clausula 1, punto B, punto C, clausula 2, articulo 6; Punto B, Clausula 1, Articulo 10, Punto B, Clausula 1, Articulo 11, Punto B, Clausula 1, Articulo 12 de esta Circular Cumple con la Clausula 3, Articulo 5 del Decreto No. 178/2024/ND-CP.

5. Como determinar la edad de servicio o la edad de jubilacion mas alta para que los sujetos calculen el regimen de politica y jubilacion antes de la edad:
La edad de servicio mas alta:
Para los oficiales: teniente 50; Mayor 52, teniente coronel 54; Teniente coronel 56; Coronel 58; Nivel general 60.
Para el personal militar profesional: el nivel de un teniente para hombres y mujeres tiene 52 años; Mayor, teniente coronel de soldados profesionales para hombres y mujeres tiene 54 años; El teniente profesional del teniente coronel para hombres tiene 56 años, la mujer tiene 55 años.
Para los trabajadores de defensa, oficiales de defensa: suficientes 60 años, hombres, mujeres llenas de 55 años.
Edad de jubilacion:
Para funcionarios de defensa; Contract Labor Labor Ganing Salario del presupuesto estatal; oficial; Los funcionarios cumplen con las disposiciones de la ley sobre el seguro social No. 41/2024/QH15; El Apendice I y el Apendice II emitieron junto con el Decreto del Gobierno No. 135/2020/ND-CP del 18 de noviembre de 2020 Estipulando la edad de jubilacion.
Para las personas que trabajan en la organizacion cifra del Comite Cifrado del Gobierno, cumplen con la Clausula 1, Articulo 27 de la Ley de Cifrado No. 05/2011/QH13; El Apendice I y el Apendice II emitidos junto con el Decreto No. 135/2020/ND-CP.
Rango militar para determinar el limite de edad mas alto para oficiales y soldados profesionales:
El rango del rango para determinar el limite de edad mas alto es el rango de rangos del ejercito de oficiales y soldados profesionales declarados en la decision de jubilacion (descanso) de la autoridad competente.
Como determinar la edad de los casos de jubilacion antes de la edad:
Edad para determinar los casos de jubilacion antes de la edad de la edad de servicio mas alta o la edad de jubilacion de acuerdo con las instrucciones en el punto A, el punto B de esta clausula se calcula desde el mes de nacimiento hasta el mes adyacente antes de disfrutar de la pension mensual.
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