El Ministerio de Finanzas responde sobre la fuente de pago para los trabajadores que se ausentan de acuerdo con el Decreto 178
El Ministerio de Finanzas acaba de responder a los ciudadanos sobre la fuente de pago para los trabajadores (no funcionarios) que se ausentan de acuerdo con el Decreto 178.
En el Portal de Informacion del Ministerio de Finanzas los lectores preguntan: Actualmente trabajo en la unidad de servicio publico del grupo 3 (seguro una parte del gasto corriente) de acuerdo con el Decreto 60/2025/ND-CP la fuente de ingresos de la unidad incluye el cobro de servicios publicos y el cobro de tarifas de visita.
En el pasado mi unidad ha tenido 2 casos de trabajadores (de acuerdo con el Decreto 111/2022/ND-CP de 30 de diciembre de 2022) que renunciaron a sus trabajos disfrutando de beneficios de acuerdo con el Decreto 178/2024/ND-CP y fueron aprobados por la agencia financiera con fondos para el pago estipulados en el punto b apartado 2 articulo 3 de la Circular No. 07/2025/TT-BTC de fecha 24 de enero de 2025'.
Para el numero de personas fuera del objetivo del numero de personas que trabajan y reciben salarios del presupuesto estatal asignado por las autoridades competentes que trabajan bajo el regimen de contrato laboral:
Las agencias y unidades se organizan por si mismas desde la estimacion del presupuesto estatal asignado los ingresos las actividades profesionales y otras fuentes de ingresos legales para pagar a los sujetos'.
Entonces segun las regulaciones en el apartado 2 y el apartado 3 de la Circular No. 07/2025/TT-BTC anterior ¿podra mi unidad utilizar la fuente de recaudacion de tarifas dejada para implementar el pago del regimen a los 02 trabajadores anteriores?'.
Sobre las preocupaciones de la gente el Ministerio de Finanzas respondio de la siguiente manera:
De acuerdo con las regulaciones en el punto b del apartado 2 del articulo 3 de la Circular No. 07/2025/TT-BTC se estipula:
“Para el numero de personas fuera del objetivo del numero de personas que trabajan y reciben salarios del presupuesto estatal asignado por la autoridad competente a las personas que trabajan bajo el regimen de contrato laboral: Las agencias y unidades se organizan por si mismas a partir del presupuesto estatal asignado por la autoridad competente los ingresos de las actividades profesionales y otras fuentes de ingresos legales para pagar a los sujetos”.
Segun las regulaciones del Articulo 15 del Decreto No. 60/2021/ND-CP las fuentes financieras de las unidades de servicio publico del grupo 3 incluyen el presupuesto estatal los ingresos de las actividades profesionales los ingresos por peajes dejados y otras fuentes de ingresos.
Basandose en las regulaciones anteriores la unidad puede utilizar el presupuesto presupuestario estatal asignado anualmente los ingresos de las actividades profesionales los ingresos por peajes dejados y otras fuentes de ingresos para pagar las prestaciones a los trabajadores.
Lea el original aqui