El Ministerio del Interior responde a la firma de un contrato por parte del jefe de una unidad de servicio público con su hermano menor
El Ministerio del Interior ha respondido sobre la firma de un contrato laboral por parte del jefe de una unidad de servicio público con su hermano menor.
El Sr. Nguyen Van An (nombre del personaje cambiado) dijo que es el jefe de una unidad de servicio público y que firmó un contrato laboral para llevar a cabo su especialización y habilidades profesionales con su hermano menor el 1 de junio de 2026. El contrato laboral tiene un acuerdo sobre el contenido de una prueba de 60 días.
El Sr. An preguntó, ¿el acuerdo sobre el contenido de la prueba en un contrato laboral indefinido como el anterior es contrario a las regulaciones legales según el párrafo 1 del Artículo 24 del Código Laboral de 2019?
Además, el Sr. An dijo que el Decreto 235/2026/ND-CP, que entró en vigor el 1 de julio de 2026, no permite que los jefes firmen contratos laborales con sus hermanos menores. Por lo tanto, preguntó si los contratos laborales firmados el 1 de junio de 2026 violan las regulaciones legales y si se pueden seguir implementando o no.
Según el Sr. An, los apartados 1 y 2 del artículo 14 del Decreto 235/2026/ND-CP estipulan que los contratos profesionales y vocacionales firmados antes del 1 de julio de 2026, de acuerdo con la ley en el momento de la firma, se seguirán ejecutando sin tener que volver a firmar.
En relación con las reflexiones y recomendaciones del Sr. An, el Ministerio del Interior ha respondido en el Portal de Información Electrónica.
Según el Ministerio del Interior, el acuerdo de prueba en el contrato laboral se implementa de acuerdo con las regulaciones del Artículo 24, Artículo 25 del Código Laboral de 2019.
Para los contratos laborales que realizan trabajos profesionales en unidades de servicio público firmados antes del 1 de julio de 2026, la firma se lleva a cabo de acuerdo con el Decreto No. 111/2022/ND-CP de 30 de diciembre de 2022 del Gobierno y la transición se lleva a cabo de acuerdo con el Artículo 14 del Decreto No. 235/2026/ND-CP de 26 de junio de 2026 del Gobierno.
De acuerdo con el Artículo 14 del Decreto No. 235/2026/ND-CP, los contratos laborales, los contratos de servicio para realizar trabajos de apoyo, servicio y trabajos profesionales y vocacionales en unidades de servicio público firmados antes de la fecha de entrada en vigor del decreto, si cumplen con las regulaciones legales en el momento de la firma, se pueden continuar implementando sin tener que volver a firmar.
Cuando el contrato expire, si las partes todavía tienen necesidades, los empleados tienen prioridad para firmar el contrato de acuerdo con las regulaciones del Decreto No. 235/2026/ND-CP.
Para los contratos laborales o de servicios que se hayan firmado de acuerdo con las disposiciones de la ley en el momento de la firma, las partes son responsables de seguir ejerciendo plenamente los derechos y obligaciones contractuales si no hay otro acuerdo.
De acuerdo con las regulaciones del Artículo 58 y el Artículo 59 del Decreto No. 259/2026/ND-CP, el Ministerio del Interior solicita al Sr. que se comunique con la agencia de gestión de empleados públicos en la localidad para ser considerado de acuerdo con su autoridad.
Lee el original aquí
- El Ministerio del Interior guía el cambio en los niveles profesionales de los funcionarios públicos en las unidades de servicio público
- El Ministerio del Interior guía el cambio en los niveles profesionales de los funcionarios públicos en las unidades de servicio público
- Progreso de la reorganización y reorganización de la red de unidades de servicio público